SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2020-S4

Fecha: 21-Jul-2020

II.8.

II.8.  El 24 de julio de 2019, la Inspectora de Trabajo de El Alto, emitió el Informe MTEPS JRTEA-VMML-V-098/CONMIN-018/2019, haciendo conocer que el 19 del mes y año referidos, se constituyó en las instalaciones de la Empresa “Plásticos Carmen S.R.L.” con el objeto de verificar el cumplimiento de la Conminatoria de Reincorporación MTEPS-VMTEPS-JRTEA/CONMIN/033/2019, emitida a favor de Leonardo Luis Huchani Casas, donde el Responsable Administrativo de dicha empresa le indicó que el mencionado trabajador fue reincorporado el 8 de julio del mismo año y en consideración a su estado de salud, se le asignó el cargo de vigilante; situación que constató observando que el trabajador se encontraba en una silla ubicada al fondo de la fábrica, sometido a las inclemencias climáticas y aislado de los demás trabajadores. Por información del propio afectado, señaló que fue reincorporado por orden de Daniel Andrés Patiño Morales -Gerente de la empresa– con una nueva asignación de horario que incluía media jornada del sábado. El informe concluyó señalando que se verificó el incumplimiento de la conminatoria de reincorporación, puesto que el trabajador no fue reincorporado al mismo puesto laboral, siendo que se lo ubicó al fondo de las instalaciones sentado en una silla a la intemperie sin realizar ninguna actividad, careciendo de condiciones adecuadas, lo que podía afectar su estado de salud, encontrándose aislado de los demás trabajadores; situación que se considera acoso laboral. Asimismo, se constató que el sueldo devengado de junio no le fue cancelado (fs. 14 a 16).