Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2020-S4
Fecha: 21-Jul-2020
II.1.
II.1. Dentro el proceso ejecutivo seguido por la FINANCIERA DE DESARROLLO DE SANTA CRUZ - FINDESA SAM (EN LIQUIDACIÓN), contra Alio Luciano López Peinado y Deidad Dorado de López, el entonces Juez de Partido Octavo en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, dictó la Sentencia 108 de 27 de agosto de 1993, por la que declaró probada la demanda, disponiendo la ejecución del proceso hasta el estado de trance y de remate en subasta pública de los bienes embargados o por embargarse, para que con el producto de la misma se cancele la suma adeudada (fs. 78).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.
- i)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- en ese contexto, debe determinarse que el análisis de una valoración probatoria por parte del órgano contralor de constitucionalidad sin cumplir las subreglas desarrolladas supra, generaría una disfunción tal que convertiría a este Tribunal en una instancia casacional o de revisión ordinaria, situación que no podría ser tolerada en un Estado Constitucional
- REVOCAR