SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0183/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0183/2020-S2

Fecha: 24-Jul-2020

a)

Solicitó se conceda la tutela impetrada y se disponga que: a) La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí disponga la cesación de su detención preventiva, debiendo en su lugar, aplicar medidas sustitutivas; y, b) Que el Gobernador o encargado del Centro de Readaptación Productiva Santo Domingo de Cantumarca, sin demora y a sola presentación del mandamiento de libertad, proceda inmediatamente a ponerlo en libertad personal, sin mayor trámite ni requisitos.

Al respecto, el accionante identificó los siguientes puntos de agravio: a) Uno de los motivos que fundaron su detención preventiva y que la Jueza de la causa mantuvo vigente, es la concurrencia del art. 234.8 del CPP, a razón de que el Ministerio Público presentó el informe I4P del cual se pudo evidenciar la existencia de un proceso similar al que cursa en obrados en su contra, sin embargo, se indicó que se encontraba con Resolución de rechazo y que la jurisprudencia constitucional ha establecido que para medir la peligrosidad de una persona procesada, debe acreditarse la misma con sentencias condenatorias ejecutoriadas; y, b) Para desvirtuar la concurrencia del art. 234.8 y 10 del CPP, adjuntó un certificado de antecedentes penales que acredita que no tiene sentencia condenatoria ejecutoriada, no pesa sobre él declaratoria de rebeldía ni ha sido sometido a salida alternativa de ninguna naturaleza; empero, la Jueza de la causa mantuvo subsistentes tales peligros procesales efectuando una incorrecta valoración del elemento probatorio presentado.