Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2020-S1
Fecha: 28-Jul-2020
II.2.
II.2. Consta Auto Interlocutorio 272/2019 de 29 de mayo, pronunciado por la Jueza de Instrucción Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer Tercera de la Capital del departamento de La Paz, en audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva, determinó, entre otras medidas, la detención domiciliaria del peticionante de tutela en su domicilio, en compañía de custodio; decisión que fue apelada en el mismo acto por el Ministerio Público, el Viceministerio de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, el Ministerio de Gobierno, el Comando General de la Policía Boliviana y la defensa del imputado (fs. 9 a 13 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos de la garantía del debido proceso
- Fragmento 13
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: a)
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.1.1. La exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales que resuelven medidas cautelares: Las resoluciones de los tribunales de apelación y la interpretación del art. 398 del CPP
- SCP 0014/2018-S2
- fundamentación suficiente
- SC 0782/2005-R de 13 de julio
- Fragmento 21
- en los casos en que el procesado sea el apelante, se podría ocasionar perjuicio al imputado apelante, cuando se ingresa a analizar supuestos que podrían perjudicarle y que no fueron objeto de apelación, lo que supondría la vulneración de la regla de la prohibición de la reforma en perjuicio o reformatio in peius, prevista en el art. 400 del CPP, aplicable a cuestiones vinculadas con la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 24
- CONFIRMAR en parte
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)