SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2020-S2
Fecha: 24-Jul-2020
Fragmento 16
De los antecedentes cursantes en la presente acción tutelar, se evidencia que dentro del proceso penal seguido contra Brayan Antonio Cárdenas Rojas -ahora accionante- y otro, por la presunta comisión del delito de homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidentes de tránsito, el Fiscal de Materia asignado al caso, solicitó mediante escrito de 29 de abril de 2019, salida alternativa de suspensión condicional del proceso a favor del impetrante de tutela y de Rolando Santos Gutiérrez Cruz; en cuyo efecto la Jueza de Instrucción Penal Quinta de la Capital del departamento de Oruro, por decreto de 2 de mayo de similar año, señaló audiencia para el 4 de junio del mismo año; no obstante, el peticionante de tutela por memorial presentado el 24 de este último mes y año, manifestó su disconformidad con la solicitud de salida alternativa incoada, obteniendo como respuesta el decreto de 26 de dicho mes y año, a través del cual se tuvo presente lo indicado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Aplicación de los principios constitucionales en la tramitación de excepciones incidentes en materia penal
- III.3. Respecto a la falta de resolución de las excepciones opuestas en el proceso penal
- no puede justificarse bajo ningún parámetro que durante más de un año, no se le haya dado respuesta a la justiciable
- la execrable actitud de no cumplir los plazos procesales para resolver los incidentes accionados por las partes, en la práctica, es una usurpación de uno de los más valiosos bienes que la naturaleza pone al alcance del ser humano: el tiempo, para vivir, para autorealizarse, compartirlo con sus seres queridos; y en su caso, utilizarlo para defenderse judicialmente
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Otras consideraciones
- 2° CONCEDER