SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2020-S2

Fecha: 24-Jul-2020

III.5.  Otras consideraciones

Cabe señalar que los razonamientos emitidos por la Sala Constitucional, no son claros ni precisos; toda vez que, no explicaron a cabalidad cuales fueron los motivos por los que se determinó denegar la tutela solicitada; ya que, si bien sostuvieron que el accionante no habría acudido a las audiencias convocadas; que el petitorio de su acción de amparo constitucional no era claro (lo cual no es evidente); y que la autoridad de control jurisdiccional demandada, aún no habría resuelto la excepción ni suspensión condicional del proceso mencionadas; sin embargo, estas afirmaciones no llegan a ser suficientes como para que el justiciable conozca satisfactoriamente los fundamentos y razones que dieron lugar a una denegatoria de tutela; por lo que, corresponde exhortar a los Vocales de la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que en las resoluciones a emitirse en futuros casos, sustenten su determinación realizando una debida y suficiente fundamentación y motivación, en resguardo del derecho al debido proceso de las partes.