Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0217/2020-S4
Fecha: 23-Jul-2020
II.1.
II.1. Por el Auto Definitivo 113/2018 de 27 de marzo, la Jueza Pública Civil y Comercial Décima Primera del departamento de Oruro, declaró por no presentada la demanda voluntaria de inscripción de testimonio en DD.RR. (fs. 25) razón por la que, la ahora impetrante de tutela, interpuso recurso de apelación contra el referido fallo (fs. 26 a 27 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- a)
- 1)
- denegó
- Fragmento 6
- II.1.
- i)
- III.1.
- Este ámbito tutelar queda abierto siempre que no exista otro medio de protección inmediata para la protección de los derechos y garantías fundamentales o cuando las vías idóneas pertinentes una vez agotadas no han restablecido el derecho lesionado, lo que significa que de no cumplirse con este requisito, no se puede analizar el fondo del problema planteado y, por tanto, tampoco otorgar la tutela
- III.2. Subsidiariedad de
- y adquirir la propiedad por usucapión u otras formas legales
- CONFIRMAR