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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2020-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2020-S1

    Fecha: 31-Jul-2020

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • concede
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • a)
    • toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley, con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática”
    • no pueden ser aplicadas sino conforme a
    • 2)
    • sin
    • o aplicar una disposición legal que limita
    • III.2.  La restricción del derecho a la libertad física o personal a causa del incumplimiento de la obligación de pago de beneficios sociales en materia laboral
    • i)
    • aún el derecho a la vida no hubiere sido invocado por la parte accionante, es posible su tutela si se observa su vulneración o amenaza
    • “Queda prohibida toda forma de tortura
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • emitiendo el mandamiento de libertad requerido conforme a sus atribuciones, razón por la cual, corresponde conceder la tutela impetrada
    • por cuanto, su protección debe efectuarse por encima de cualquier formalidad, efectuando una ponderación favorable ante una eventual situación de riesgo;
    • debió determinar su salida médica a un centro de salud especializado
    • CONFIRMAR
    • MAGISTRADA

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