Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2020-S4
Fecha: 23-Jul-2020
II.2.
II.2. Por Contrato Individual de Trabajo a Plazo Fijo FCEAF 006/2018, suscrito el 17 de mayo del mismo año, con vigencia desde el 2 de abril de 2018 hasta el 1 de abril de 2019, la mencionada Decana de la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Financieras de la UAGRM, tomó los servicios profesionales de la Licenciada en Economía Ingrid Flores Rodríguez, para que se desempeñe en dicha Universidad, como “Apoyo Sistema de gestión de Calidad” (sic) (fs. 32 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados, porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos;
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte