Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2020-S4
Fecha: 23-Jul-2020
II.4.
II.4. Por nota presentada el 26 de febrero de 2019, la solicitante de tutela, puso a conocimiento de la precitada Decana el nacimiento de su hija ocurrido el 15 de dicho mes y año y comunicó que de acuerdo a su baja médica se reincorporaría a su fuente laboral el 2 de abril del mismo año; adjuntando al efecto el Certificado de Nacimiento, correspondiente a la menor Sury Micaela Ortiz Flores (fs. 36 a 37).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados, porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos;
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte