SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0235/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0235/2020-S2

Fecha: 29-Jul-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el proceso civil ejecutivo seguido por Gregoria Vaca Zabala contra Jesús Cáceres Mercado, se embargó un inmueble urbano sobre el cual tenía derecho propietario del 50%, razón por la que interpuso terceria de dominio excluyente que la autoridad judicial codemandada declaró improbada a través del Auto de 29 de abril de 2019, por ello amparándose en el art. 56 del Código Procesal Civil (CPC) presentó recurso de apelación.

Sin embargo, la mencionada Jueza de instancia rechazó su impugnación mediante Auto de 22 de mayo de igual año, por considerar que correspondía plantear recurso de reposición con alternativa de apelación, aspecto que dio lugar a que formalice recurso de compulsa, explicando que la decisión apelada era un auto interlocutorio definitivo que no podía ser anulado ni modificado por la misma autoridad que lo emitió.

Posteriormente, la compulsa presentada fue resuelta por los Vocales demandados mediante Auto de Vista 92/2019 de 24 de junio, considerando que la autoridad inferior negó correctamente su apelación, confirmando que debió interponer recurso de reposición con alternativa de apelación, por lo que hubo una negativa indebida a la concesión de su recurso, desconociendo las autoridades demandadas que dicho medio procesal fue instituido contra resoluciones que recaen sobre puntos accesorios del proceso, atacándose mediante este decisiones de mero trámite, a diferencia de los autos interlocutorios definitivos que terminan el procedimiento.