SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2020-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2020-s3

Fecha: 13-Jul-2020

III.4. Análisis del caso concreto

Como se tiene precisado ut supra, los accionantes a través de su representante denuncian tres tópicos que se sintetizan en lo siguiente: tanto la denuncia, como la imputación formal no contienen los elementos mínimos que den certeza para demostrar la existencia del hecho delictivo y la participación de sus personas en el mismo; la ilegalidad de su aprehensión y el allanamiento realizado al efecto; y  concurre error de tipo respecto al delito de violencia sexual comercial, previsto por el art. 322 del CP, al no haberse demostrado la concurrencia de los elementos constitutivos de ese tipo penal.

Del contexto fáctico glosado, y del informe oral presentado en audiencia por la autoridad Fiscal coaccionada, se advierte que los peticionantes de tutela se encuentran privados de libertad, a emergencia de un proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público a denuncia de dos víctimas, por la presunta comisión del delito de trata de personas, previsto y sancionado por el art. 281 bis del CP, es decir, que en el caso se verifica la existencia de una causa penal en curso, misma que se encuentra en etapa de investigación y bajo control jurisdiccional del Juez de Instrucción Penal Décimo de la Capital de departamento de La Paz, proceso penal dentro del cual se hubieren suscitado las irregularidades que motivaron la presentación de esta acción tutelar; en consecuencia, corresponde pronunciarse al respecto, así: