SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0257/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0257/2020-S3

Fecha: 14-Jul-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro el proceso penal seguido en su contra, fue imputado por la presunta comisión del delito de estafa, habiendo la autoridad jurisdiccional hoy accionada ordenado su detención preventiva. Así, en virtud a lo previsto por el art. 239.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP), solicitó la cesación de su detención preventiva, por lo que el 31 de octubre de 2018 se le impusieron medidas sustitutivas, consistentes en detención domiciliaria, arraigo nacional, obligación de suscribir el libro de firmas cada semana en sede Fiscal, prohibición de acercarse
a la víctima y su entorno familiar y la obligación de presentar dos garantes fiables
y abonables en derecho.

Después de peregrinar por varios días, le fue señalada audiencia para ofrecer a sus garantes para el 16 de noviembre de 2018, oportunidad en la cual la autoridad judicial rechazó rotundamente a los fiadores que ofreció, contra tal determinación interpuso recurso de apelación incidental, habiendo el Tribunal de alzada el 23 de noviembre de 2018 aceptado a uno de sus garantes; persistiendo con su solicitud, en audiencia de
30 de igual mes y año, la autoridad hoy accionada aceptó al segundo garante personal, razón por la que a horas 16:00 de la referida fecha, al haberse aceptado a sus fiadores, solicitó se libre mandamiento de libertad a su favor, el cual hasta el momento de la interposición de la presente acción de libertad no fue emitido por el Juez accionado, prolongando de esta manera ilegalmente su privación de libertad.