Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0263/2020-S2
Fecha: 31-Jul-2020
II.3.
II.3. El demandante de tutela, el 19 de noviembre de 2019, solicitó la cesación de su detención preventiva ante el Juez de Instrucción Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz, mereciendo la providencia de 20 del mismo mes y año: “Siendo que la causa fue remitida al juzgado de sentencia de turno para la sustanciación del juicio oral, el impetrante debe acudir a dicha instancia” (sic), no obstante encontrarse aún el proceso en su juzgado (fs. 5 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- devenga de dilaciones indebidas
- todas aquellas solicitudes vinculadas a la libertad del imputado,
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible
- Fragmento 15
- III.3. Competencia para conocer solicitudes en relación a la aplicación o modificación de las medidas cautelares ante la interposición de la acusación fiscal
- subreglas
- Fragmento 18