Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2020-S4
Fecha: 27-Jul-2020
II.2.
II.2. Mediante nota presentada el 18 de febrero de 2019, por el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Gutiérrez del mismo departamento, puso a conocimiento a Liliana Arariyo Barrios, la culminación de su contrato en diciembre de 2018, y al no estar funcionando el servicio de televisión, se le solicitó que desaloje dicho ambiente porque se daría utilidad para otra actividad (fs. 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada. Reconducción de línea sobre la identificación del estándar más alto, respecto al cumplimiento obligatorio de las conminatorias de reincorporación laboral
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- Conminatoria RAFF-JRTC-SC 02/2019
- REVOCAR