SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0284/2020-S3
Fecha: 15-Jul-2020
a)
El accionante a través de su abogada en audiencia ratificó de manera íntegra el contenido del memorial de acción de libertad, y ampliándolo, refirió que: a) En audiencia de salida alternativa de procedimiento abreviado se encontraba asistido por un abogado defensor de oficio, que no era de su confianza; b) El 7 de octubre de 2019, asumió defensa su actual abogada, quien de la revisión de la Sentencia 060/2019 emitida en su contra advirtió que conforme al art. 123 del CPP, podía presentar recurso de apelación restringida en el plazo de quince días; c) Planteado dicho recurso en la fecha señalada, no fue admitido; por lo que interpuso la primera acción de libertad, cuya resolución ordenó otorgar el trámite correspondiente al referido recurso, denegando la tutela en cuanto a la solicitud de dejar sin efecto el mandamiento de condena emitido en su contra, y librar mandamiento de libertad; d) Ante la falta de ejecutoria de la Sentencia 060/2019, nuevamente solicitó se deje sin efecto el mandamiento de condena; empero, su solicitud fue rechazada por proveído de “31 de noviembre” del citado año; por lo que presentó recurso de reposición, que fue declarado infundado, indicando que el proveído de la mencionada fecha sería inexistente; y, e) Pese a ser notificado con el referido proveído -de “31 de noviembre”-, de manera sorpresiva, el mismo apareció en actuados como proveído de 31 de octubre de ese año; motivo por el cual acude a la vía constitucional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- memorial de fecha 06 de noviembre de 2019 es en contra la providencia de fecha 31 de noviembre de 2019, proveído inexistente a la fecha de la presente resolución
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Toda persona que considere que su vida está en peligro
- esta garantía, se encuentra configurado por sus presupuestos de activación, que al amparo del art. 125 de la CPE, se resumen en cuatro: a) Atentados contra el derecho a la vida
- III.2. Análisis del caso concreto
- PARCIALMENTE LA TUTELA
- Fragmento 18
- CONFIRMAR