SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0284/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0284/2020-S3

Fecha: 15-Jul-2020

Fragmento 18

Posteriormente, a través del memorial de 30 de octubre de 2019, el accionante solicitó a los Jueces hoy accionados se disponga su libertad inmediata al no estar ejecutoriada la Sentencia 060/2019, por no cumplirse lo previsto en el art. 126 del CPP, dejándose sin efecto el mandamiento de condena de la misma fecha. Dicho escrito mereció el proveído de “31 de noviembre” de igual año, por el cual los Jueces hoy accionados indicaron que el accionante se remita a la parte dispositiva de la Resolución 08/2019 (Conclusión II.3.). De esa manera, por memorial de 6 de noviembre del mencionado año, el accionante presentó recurso de reposición ante los Jueces hoy accionados, contra el proveído de “31 de noviembre” del citado año, alegando que al haberse corrido en traslado el recurso de apelación restringida que interpuso contra la Sentencia 060/2019, la misma no se encontraba ejecutoriada; en ese entendido, solicitó se deje sin efecto el mandamiento de condena y se libre mandamiento de libertad (Conclusión II.4.). Así, por Auto de 7 de noviembre de 2019, los Jueces ahora accionados declararon infundado el mencionado recurso, con el argumento que se debe cumplir la Resolución 08/2019, emitida dentro de una anterior acción de libertad, debiendo considerarse que “…es en contra la providencia de fecha 31 de noviembre de 2.019, proveído inexistente a la fecha…” (sic), sin recurso ulterior (Conclusión II.5.).