SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2020-S4

Fecha: 27-Jul-2020

b)La falta de respuesta material

En cuanto a los requisitos a exigirse para que la justicia constitucional ingrese al análisis de fondo de la acusación sobre lesión al derecho de petición, la SC 1995/2010-R de 26 de octubre, señaló los siguientes:      “a) La existencia de una petición oral o escrita; b)La falta de respuesta material y en tiempo razonable a la solicitud y, c) La inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición”, (las negrillas nos pertenecen) lo que significa que en caso de no existir estos medios específicos la acción puede presentarse de manera directa.