Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0299/2020-S4
Fecha: 27-Jul-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Habiendo sido arrestados por la Policía Nacional el 15 de noviembre de 2019, por la presunta comisión de los delitos de instigación pública a delinquir, sedición, amenazas, tenencia y porte o portación ilícita y asociación delictuosa, fueron trasladados el 17 de igual mes y año a celdas judiciales con la finalidad de la instalación de la correspondiente audiencia de medidas cautelar, en el Juzgado de Instrucción Penal Sexto del departamento de La Paz; empero, hasta la fecha de la presentación de esta acción tutelar, no fueron “atendidos”, desconociendo el estado del proceso, ya que no se les permitió acceder al cuaderno de investigaciones, por lo que no pudieron asumir una defensa adecuada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no puede ignorarse que cuando se reclama procesamiento indebido o vulneración al debido proceso como el acto ilegal, a efecto de ser tutelado a través de la acción de libertad, necesariamente debe existir un vínculo de causalidad entre la supuesta irregularidad y la restricción o supresión a la libertad física
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR