SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0306/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0306/2020-S4

Fecha: 27-Jul-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Como esposos y miembros de la “Asociación de Riego y Servicios Punata” (ARSP) para la Comunidad Villa Carmen II de la represa Totora Qhocha, del departamento de Cochabamba, registrados en la planilla de dotación de agua para la señalada comunidad, entregada por el Dirigente de misma a dicha Asociación, tienen derecho al agua de riego por un lapso de cincuenta minutos a objeto de su almacenamiento, consumo y riego; la cual debía hacerse entrega a los asociados a partir del 19 de agosto de 2019; sin embargo, Roberto Lizarazu Flores, Dionicio Álvarez Álvarez, Juan Montaño Ricaldez y Juan Paredes Maldonado, todos Dirigentes de la Comunidad de Villa Carmen II, en una reunión a la que no fue convocado, determinaron que Tobías Ricaldez Blanco, ahora co accionante, debía perder todos los derechos y beneficios en la comunidad, entre ellos, a su vivienda, sus tierras y privándole de los cincuenta minutos que tiene de agua, que les sirve para el consumo y la satisfacción de las necesidades agrícolas, que constituye el único medio de subsistencia.

Los actos señalados son ilegales, arbitrarios y no consideran la presunción de inocencia, el debido proceso y su condición de persona adulta mayor en restricción de sus derechos constitucionales, por lo que envió notas de 15 de agosto y 13 de septiembre de 2019, a los Presidentes de la Asociación indicada y a Roberto Lizarazo Flores, Dirigente de la señalada Comunidad, respectivamente, solicitando la entrega del agua para riego, sin merecer respuesta alguna.