SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0316/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0316/2020-S3

Fecha: 16-Jul-2020

i)

José Ángel Huanca Mayta, Secretario del Juzgado de Ejecución Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz, en audiencia, manifestó que: i) Si bien el Juez accionado ordenó que se emita el respectivo oficio para obtener información sobre la permanencia del accionante en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, también el accionante debe hacer el control de su proceso a través de su abogado de oficio; ii) El 21 de octubre de 2019 el accionante presentó memorial solicitando nuevamente se oficie para obtener el Certificado de Permanencia y Conducta, empero, no realizó ningún tipo de coordinación, demostrando con ello un descuido; iii) No cuenta con el referido Certificado, siendo este muy importante para efectuar la revisión del cumplimiento de los requisitos y exigencias contenidos en los arts. 167, 196 y 198 de la LEPS; así tambien, para realizar el cómputo de permanencia y conducta del accionante; iv) Dió cumplimiento a la orden dictada por el Juez ahora accionado y realizó observaciones de acuerdo al procedimiento; v) El accionante no cumplió con los presupuestos para activar la procedencia de esta acción de defensa; y, vi) Solicita se deniegue la tutela, ya que sus actuaciones fueron realizadas conforme al procedimiento y lo establecido por la Ley de Ejecución Penal y Supervición.