SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2020-S4

Fecha: 29-Jul-2020

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Primero – Juzgado de Partido de Trabajo y Seguridad Social y Sentencia Penal de Caranavi del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 020/2019 de 7 de noviembre, cursante de fs. 42 a 45 vta., denegó la tutela impetrada, con los siguientes fundamentos: 1) De los antecedentes cursantes en obrados y la prueba presentada, se infiere que si bien se solicita la tutela por la integridad de los menores AA y BB; sin embargo, no se demostró objetivamente el peligro inminente a la salud vinculado al derecho a la vida de los menores sujetos a protección; 2) Los hechos expresados no constituyen una situación de riesgo latente e inminente de la integridad o salud de los menores o que los mismos se encuentren en estado de indefensión o abandono; 3) Los hechos establecidos en la presente acción de defensa, son de conocimiento y competencia del Juzgado Público Mixto Civil y Comercial y de Familia Primero de Caranavi del mencionado departamento, conforme a las atribuciones establecidas en el Código de las Familias y del Proceso Familiar, instancia en la cual se dispusieron medidas provisionales mediante las Resoluciones 18/2019 y 257/2019, dentro del proceso de divorcio en las que se determinó la guarda de los menores; y, 4) En ese orden, no pueden activarse dos jurisdicciones en forma simultánea; puesto que, se crearía una disfunción procesal contraria al orden jurídico, debiendo tomarse en cuenta que el legislador a instituido la jurisdicción ordinaria correspondiente a efectos de que se otorgue la guarda de un menor, que en este caso se encuentra bajo jurisdicción del nombrado Juzgado, en cuanto al proceso familiar; y, así también, ante la jurisdicción penal respecto a los hechos presuntamente ilícitos en las que decidirán las medidas para resguardar los derechos de las partes en situación de vulnerabilidad en el marco de sus competencias.