SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0320/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0320/2020-S3

Fecha: 16-Jul-2020

Fragmento 5

En mérito a esa solicitud, el Tribunal de garantías señaló que no se presentó la debida prueba, además se indicó que el accionante no acudió al Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero de la Capital del departamento de Potosí. No obstante, conforme al art. 263 del CPT, tres días después de la devolución de obrados, la sentencia queda ejecutoriada dando paso a la emisión del mandamiento de apremio.