SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0330/2020-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0330/2020-s3

Fecha: 16-Jul-2020

en el ejercicio de la metodología de ponderación, se concluye que los derechos y garantías de los acusados, no se sobreponen automáticamente, a los derechos de las víctimas, ya que conforme a los estándares internacionales y nacionales de protección de los derechos de las mujeres que se encuentran en una situación de violencia, éstas requieren de una protección reforzada

Al respecto, la SCP 0439/2018-S2 de 29 de agosto, señaló que:“… por las particularidades del caso se encuentra en tensión, pues, debe recordarse que de acuerdo al art. 13.III de la CPE, la clasificación de los derechos establecida en la Norma Suprema, no determina jerarquía alguna ni superioridad de unos derechos sobre otros; en ese sentido, y en el ejercicio de la metodología de ponderación, se concluye que los derechos y garantías de los acusados, no se sobreponen automáticamente, a los derechos de las víctimas, ya que conforme a los estándares internacionales y nacionales de protección de los derechos de las mujeres que se encuentran en una situación de violencia, éstas requieren de una protección reforzada…” (las negrillas nos corresponden); consecuentemente, la decisión asumida por la Jueza ahora accionada mediante el Auto de 19 de agosto de 2019, fue conforme a la Constitución y a las leyes que protegen los derechos de la niña, niño, adolescente y mujer en situación de violencia.