Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0331/2020-S3
Fecha: 23-Jul-2020
II.3.
II.3. Mediante Sentencia 221 de 5 de octubre de 2016, el Juez Público Civil y Comercial Décimo Segundo del departamento de Santa Cruz, declaró probada en todas sus partes la demanda principal que fue planteada por Rudy Blanco Méndez, e improbada la demanda reconvencional interpuesta por Vanesa Alexandra Sosa Melgar, emplazándola para que en el plazo de noventa días de ejecutoriada la resolución, reivindique, desocupe y entregue a su propietario el bien inmueble, bajo prevención de librarse el correspondiente mandamiento de desapoderamiento, previo pago de las mejoras introducidas de la demandada a cuantificarse una vez ejecutoriada la Sentencia (fs. 286 a 289).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 16
- III.2. El debido proceso en sus elementos fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- III.3.
- Fragmento 19