SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2020-S3

Fecha: 24-Jul-2020

II.4.

II.4.           Por memorial presentado el 21 de mayo de 2019, la autoridad fiscal asignada al caso solicitó al Juez ahora accionado se deje sin efecto la conminatoria ordenada, quien mediante providencia de 23 del citado mes y año, señaló que estando dentro el plazo para emitir resolución sobre la acumulación de procesos, en aplicación del art. 168 del CPP, con la finalidad de evitar futuras nulidades y resoluciones contrarias al debido proceso, deja sin efecto dicha conminatoria, disponiendo también, que una vez resuelta y notificada la acumulación, el Fiscal deberá remitir la resolución al despacho judicial (fs. 8 y 9).