0382/2020-S

2º    Exhortar

2º    Exhortar a los miembros de la Policía Boliviana que, en casos análogos, a cumplir con lo previsto por el art. 225 del Código de Procedimiento Penal y la jurisprudencia establecida en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, bajo advertencia que de persistir en dicha actuación, se dispondrá la remisión de antecedentes al Tribunal Disciplinario Policial, con la finalidad que se determine su responsabilidad.