Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia Constitucional Plurinacional: 0291/2020-S2
Fecha: 04-Ago-2020
Partes:
Partes: Edwin Incata Janko contra Delina Irma Zurita Herbas y Teodoro Vladimir Gonzales Cáceres, Encargados Distrital y de Recursos Humanos (RR.HH.) a.i., respectivamente, de la Oficina Departamental de Cochabamba del Consejo de la Magistratura; y, Julio Jhonny Rocha Jiménez, Asesor Jurídico de la misma entidad.
- Partes:
- II.1.
- Fragmento 3
- el accionante no se encuentra amparado bajo la garantía de inamovilidad laboral por la delimitación establecida por ley; en ese sentido, esta jurisdicción constitucional no puede dejar sin efecto un memorándum de agradecimiento de servicios y reconocer la inamovilidad funcionaria; puesto que, existe una disposición plasmada en una ley específica que expresamente dispone el tiempo y cumplimiento de las funciones que ejercía como Secretario Abogado del Juzgado de Partido de Sustancias Controladas, Liquidador y de Sentencia Quinto de la Capital del departamento de Cochabamba
- el empleador -sea del sector público o privado- está en la obligación de efectivizar las prestaciones traducidas en los subsidios prenatal, de natalidad y de lactancia relacionadas a la maternidad, así como la atención médica en favor del menor, independientemente de que se haya producido la extinción del vínculo laboral
- 1)
- podrá determinar su dimensionamiento en el tiempo y los efectos sobre lo resuelto
- denegar totalmente la tutela requerida por el accionante