Sentencia Constitucional Plurinacional 0298/2020-S1
Fecha: 11-Ago-2020
II.3. Sobre la Relevancia Constitucional en la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional y en el SIDH sobre la obligación de la fundamentación y motivación de toda resolución sea judicial o administrativa
En este estado de cosas, es necesario realizar un estudio al desarrollo de la relevancia constitucional desde sus orígenes en la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional, en diferentes materias, para abordar la exigencia de relevancia constitucional en cuanto a la denuncia de falta de fundamentación y motivación en todo tipo de resoluciones; para posteriormente llegar analizar si dentro de los estándares internacionales emitidos por las instituciones que conformar el SIDH y en este caso específicamente por la Corte IDH se desarrolla o no el requisito de la relevancia constitucional o incidencia en la denuncia de falta de fundamentación y motivación en las resoluciones y si la misma es exigible en sus sentencias para determinar si una decisión sea esta judicial o administrativa es un requerimiento sine quanon para acreditar la falta de fundamentación y motivación en las mismas; así tenemos:
- a)
- REVOCAR
- relevancia constitucional
- Es decir, que cada autoridad que dicte una Resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos y al margen de ello, la fundamentación legal que sustenta la parte dispositiva de la misma
- exige que toda Resolución sea debidamente fundamentada
- motivación
- las resoluciones pronunciadas por
- derecho a una resolución fundamentada y motivada,
- fundamentación y motivación
- debe ser complementada
- interpretación previsora
- la fundamentación
- con la debida fundamentación
- (1)
- que es la justificación de la decisión
- la fundamentación y motivación
- fundamentada y motivada
- [4]
- fundamentación en las decisiones que afecten derechos humanos
- fundamentación de una decisión
- Las decisiones que adopten los órganos internos que puedan afectar derechos humanos
- razones y fundamentos
- II.2.1.2. Debida fundamentación en decisiones administrativas que restringen el derecho a la libertad de pensamiento y expresión
- debida fundamentación
- no se encontraba fundamentada.
- II.2.1.5. Debida fundamentación en decisiones judiciales en materia penal
- destitución
- II.2.2. El deber de motivación: derecho a una resolución motivada
- deber de motivación
- Fragmento 30
- fundamentar o motivar sus decisiones y resoluciones
- II.3. Sobre la Relevancia Constitucional en la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional y en el SIDH sobre la obligación de la fundamentación y motivación de toda resolución sea judicial o administrativa
- interpretación de la legalidad ordinaria
- la relevancia constitucional
- recondujo el entendimiento asumido en la SC 1846/2004-R de 30 de noviembre
- cuanto tengan relevancia constitucional
- errores o defectos de procedimiento
- no puede ser limitado
- i) Derecho fundamental
- ii) Garantía jurisdiccional
- fundamentar y motivar
- relevancia constitucional o incidencia
- I.
- subsidiariedad
- relevancia o incidencia
- logara progresivamente la plena efectividad de los derechos
- MAGISTRADA
- (SCP 2221/2012 de 8 de noviembre, se suma un quinto elemento de relevancia constitucional; y, 5) La exigencia de la observancia del principio dispositivo.
- lo consagra como un principio, un derecho y una garantía, es decir, la naturaleza del debido proceso es reconocida por la Constitución en su triple dimensión: como derecho fundamental de los justiciables, de quien accede reclamando justicia, la víctima y de quien se defiende el imputado