SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2020-S2

Fecha: 04-Ago-2020

II.1.

II.1.   Mediante documento privado de 29 de agosto de 2018, Faride Gabriela Enríquez Beltrán, confirió en favor de Josefina Quispe Condori (ahora accionante), en calidad de alquiler, una tienda ubicada en la planta baja del inmueble situado en la zona El Rosario, calle Viluyo 384, de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz; estableciendo la cláusula cuarta del contrato la vigencia a partir del 1 de septiembre de ese año, por el lapso de un año, y que la impetrante de tutela debía “…tener pagadas todas las mensualidades de electricidad, agua y presentar todas las facturas de electricidad pagadas hasta el mes correspondiente de desalojo” (sic); fijándose en la cláusula quinta como canon de alquiler la suma de Bs1000.-, adicionando respecto a los servicios básicos que: “El pago de la electricidad será cancelada por la señora Josefina Quispe Condori (…) arrendataria puesto que la tienda tiene un medidor propio N° 583495 y el consumo de agua será prorrateado entre los habitantes de la vivienda” (sic [fs. 3 a 4]).