SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0329/2020-S1
Fecha: 14-Ago-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Por memorandos RRHH 203/2019 y RRHH 204/2019, ambos de 24 de mayo, René Abraham Condori Huanca, en condición de Jefe de Recursos Humanos (RR.HH.) de la Empresa COMPANEX (BOLIVIA) S.A., de manera irregular los desvinculó de su fuente laboral, advirtiéndoles que el 28 de igual mes y año, se apersonaran a oficinas del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social a efectos de cancelarles sus beneficios sociales.
Ante la flagrante vulneración de derechos socio laborales, recurrieron a la Jefatura Departamental de Trabajo La Paz, la cual emitió la Conminatoria de Reincorporación Laboral J.D.T.L.P. /ART. 51-VI-CPE /DL 038/DS 29539/D.S. 0495/RAAM/ 093/2019 de 7 de junio, que fue legalmente notificada a la Empresa citada; empero, la misma se negó a cumplir con esa determinación, conforme lo acreditó el Informe MTEPS J.R.T.E.A.-VMML-V-082/CONMIN-016/2019 de 19 de junio; por lo que, formularon la presente acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Presentación directa de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de las conminatorias de reincorporación
- por una parte
- indemnización
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- a)
- 2)
- 3)
- protección de las
- al emitirse una resolución que conmine la reincorporación, ello no debe significar que de manera inmediata, la jurisdicción constitucional, haga cumplir la misma tal cual se refirió, como si fuera una instancia más, que ordene la automática reincorporación del trabajador a su fuente laboral, en su caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en la revisión de los procesos puestos en su conocimiento, debe hacer una valoración integral de todos los datos del proceso, los hechos y los supuestos derechos vulnerados, y después de ello, haciendo prevalecer la “verdad material” sobre la verdad formal