Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0344/2020-S2
Fecha: 19-Ago-2020
II.12.
II.12. Mediante decreto de 11 de diciembre de 2019, la autoridad demandada, en atención al memorial precedente dispuso que, con carácter previo a resolver la solicitud de homologación de indulto, se notifique al Secretario de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, para que informe si existe resolución ante la renuncia a la apelación incidental interpuesta contra el Auto Interlocutoria de 8 de julio de 2013 (fs. 45).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR