SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2020-S2

Fecha: 19-Ago-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 29 de junio de 2018, se interpuso una denuncia contra la empresa de Depósitos Aduaneros Bolivianos por el delito de sustracción de prenda aduanera; durante ese periodo se desempeñaba como estibador de la empresa “TRESSA” Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) que a su vez prestaba servicios a la señalada entidad aduanera; en ese marco, el 16 de noviembre de igual año se presentó una imputación formal en su contra, posteriormente en audiencia de consideración de medidas cautelares de 24 de mayo de 2019 se dispuso su detención preventiva por concurrir el riesgo procesal previsto en el art. 234.8 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

Desde esa fecha han transcurrido más de seis meses (hasta la interposición de la presente acción de defensa), periodo durante el cual ha pedido audiencias de cesación de la detención preventiva, las que se han suspendido por diferentes motivos; finalmente, el 21 de noviembre de 2019 solicitó nuevamente audiencia para esos fines; al respecto, mediante providencia de 25 de igual mes y año la autoridad jurisdiccional señaló ese acto procesal para el 6 de diciembre de mismo año.

Finalmente, en el desarrollo de la audiencia de cesación de la detención preventiva, el Juez hoy demandado resolvió que no era posible realizar adelante ese acto procesal en razón a la inasistencia del representante del Ministerio Público y al requerimiento conclusivo citado en el párrafo precedente, bajo el argumento que ese último acto procesal cierra su competencia como juzgador; extremo que consideró ilegal, pues el señalamiento de la referida audiencia fue anterior a la presentación del citado requerimiento fiscal.