Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2020-S2
Fecha: 19-Ago-2020
II.4.
II.4. Se tiene acta de suspensión de audiencia de cesación de la detención preventiva de 6 de diciembre de 2019, en cuyo marco el Juez de Instrucción Penal Sexto de la Capital del departamento de Santa Cruz determinó la suspensión de ese acto procesal en mérito a la inasistencia del representante del Ministerio Público y al requerimiento conclusivo de acusación formal descrito en el párrafo anterior; toda vez que, esta actuación cerraría su competencia; asimismo, en ese acto procesal dispuso la remisión de los antecedentes ante el juez o tribunal de sentencia de turno (fs. 50 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- i)
- III.2. Competencia para conocer solicitudes en relación a la aplicación o modificación de las medidas cautelares ante la interposición de la acusación fiscal
- acusación
- Reconducción
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte
- 2º Disponer