Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2020-S2
Fecha: 26-Ago-2020
esta vez los plazos establecidos tanto para su pronunciamiento como para su notificación
Sin embargo, esta falencia u omisión observada por el solicitante de tutela en el recurso de reposición traducida en la falta de señalamiento de audiencia, fue corregida por la autoridad judicial ahora demandada respetando esta vez los plazos establecidos tanto para su pronunciamiento como para su notificación, encontrándose pendiente al momento de realizarse la audiencia de acción de libertad el verificativo de consideración de la suspensión condicional de la pena, por tanto la omisión que el ahora impetrante de tutela reclama como vulneradora de sus derechos ya fue reparada o enmendada por la autoridad judicial competente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el debido proceso en cuanto a su vertiente de celeridad
- : ‘Por último, se debe hacer referencia al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad’”
- III.2. Análisis del caso concreto
- esta vez los plazos establecidos tanto para su pronunciamiento como para su notificación
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estas situaciones, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- CONFIRMAR