SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2020-S4

Fecha: 05-Ago-2020

1)

Con el derecho a la réplica, el accionante a través de su representante señaló que: 1) Si bien es evidente la falta de notificación al Fiscal de Materia; sin embargo, la autoridad demandada, en su informe, no mencionó si fueron o no remitidos los antecedentes de la apelación ante el superior en grado, por lo que existe dilación para su tramitación; en ese entendido, existe jurisprudencia constitucional, que refiere que ante el incumplimiento por parte del Secretario del Juzgado, el Juez debe reconducir dicha labor; y, 2) Por otro lado, se tiene que; si bien el 28 de noviembre de 2019, fue presentado un recurso de apelación por los acusadores particulares; sin embargo, dicho recurso debió ser interpuesto el día de la audiencia de cesación a la detención preventiva.