Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0382/2020-S4
Fecha: 19-Ago-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La solicitante de tutela por medio de sus representantes sin mandato, denuncia que la Jueza ahora demandada vulneró sus derechos al debido proceso, a ser oída y a la defensa a través de un recurso efectivo; toda vez que, encontrándose vencida la etapa preliminar, solicitó a dicha autoridad, que emita la respectiva conminatoria para que el Ministerio Público presente resolución de la etapa preliminar, pero hasta el día de instaurada esta acción tutelar, no tiene conocimiento si su requerimiento fue atendido.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. En acciones de libertad, la tutela del derecho al debido proceso debe encontrarse vinculado al derecho a la libertad
- la tutela del derecho al debido proceso en cualquiera de sus vertientes, puede ser materializada mediante la acción de libertad, siempre y cuando el derecho alegado como lesionado se encuentre en vinculación directa con el derecho a la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR