Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0412/2020-S1
Fecha: 31-Ago-2020
concedió
El Juez de Ejecución Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 880/2019 de 20 de diciembre, cursante de fs. 13 a 14, concedió la tutela solicitada, determinando que los Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Séptimo de la Capital del mismo departamento, remitan el cuaderno de apelación en el plazo de veinticuatro de la legal notificación con la presente acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- 1)
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el plazo para la remisión de antecedentes ante el tribunal de alzada, frente a un recurso de apelación incidental de medidas cautelares
- deberá ser concedido en el acto si fuere en audiencia y remitido inexcusablemente en el plazo improrrogable de veinticuatro horas
- de manera excepcional
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- CORRESPONDE A LA SCP 0412/2020-S1 (viene de la pág. 8).
- CONFIRMAR
- excepción