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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2020-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2020-S3

    Fecha: 14-Ago-2020

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • SCP 1138 /2016 de 19 de octubre
    • a)
    • 1)
    • Empleo y Previsión Social
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.1.
    • II.2.2.
    • II.2.3.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 15
    • Fragmento 16
    • Fragmento 17
    • III.1.  Del contenido esencial del derecho de petición y de los presupuestos para su tutela
    • 1. La existencia de una petición oral o escrita; 2. La falta de respuesta material y en tiempo razonable a la solicitud y 3. La inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición’.
    • 1) El derecho a formular una petición escrita u oral y a obtener una respuesta formal, pronta y oportuna;     2) El derecho a que la respuesta sea motivada y que se resuelva materialmente el fondo de la petición, sea en sentido positivo o negativo; 3) El derecho a que la respuesta sea comunicada al peticionante formalmente; y, 4) La obligación por parte de la autoridad o persona particular de comunicar oportunamente sobre su incompetencia, señalando cual la autoridad o particular ante quien el peticionante debe dirigirse
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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