SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2020-S3

Fecha: 14-Ago-2020

SCP 1138 /2016 de 19 de octubre

Refiere que, trece días hábiles más tarde, se emitió como respuesta a la nota supra referida el Informe de 11 de septiembre de 2019, firmado por la Inspectora de Trabajo y visto bueno del Jefe de la instancia laboral administrativa, acto que fue notificado el 13 del mismo mes y año; lo cual, resultó incongruente e inconsistente, motivándola a presentar una nueva nota de aclaración corrección y/o complementación que fue respondida cuatro días después por Informe de 11 de septiembre de igual año, en el que lamentablemente tampoco se pronunció en cuanto a su solicitud de reincorporación laboral. Menciona que con la presentación  de la nota, acreditó su derecho individual de petición, sin embargo no se dio respuesta formal y oportuna; resultando el primer informe incongruente puesto que se cometen errores en cuanto a su nombre y la nominación de la parte empleadora; además de señalar que, no se acreditó su condición de funcionaria de carrera o de carácter provisional; por lo que, no contaría con documentación respaldatoria, debiendo acudir a la vía llamada por ley; sin embargo, no le explican dónde dirigir su solicitud de reincorporación por cuanto considera que no se absuelve su petitorio conforme a la jurisprudencia contenida en la “…SCP 1138 /2016 de 19 de octubre…” (sic).