Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0115/2020-RCA
Fecha: 21-Sep-2020
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 23 de junio de 2020, cursante de fs. 38 a 41 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Ronald Rojas Frontanilla contra Laura Lucía Rojas Rojas y Wilge Lizarazu Loza, ex y actual Jefe Departamental del Trabajo de Cochabamba, respectivamente; y, Fernando Izquierdo Guzmán, Gerente General; y, Enrique Moreno Zabalaga, Mauricio Cornejo Eduardo y Dulio Nava Torrico, miembros del Tribunal Sumariante, todos de la Empresa Automóvil Club Boliviano Filial del mismo departamento.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- a)
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- protección reforzada de la garantía de inamovilidad laboral y del
- desde de las cero horas del 22 de marzo de 2020
- la declaratoria de cuarentena total, que tiene como inicio el 22 de marzo hasta el 30 de abril del citado
- Circular 05/2020 de 26 de marzo de 2020
- se debe analizar de manera particular que en el departamento de Cochabamba, la
- tres (3) meses y (16) dieciséis días, de suspensión del plazo de inmediatez, que deben
- Fragmento 14
- II.5. Análisis del caso concreto
- 27 de septiembre de 2020