AUTO CONSTITUCIONAL 0117/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0117/2020-RCA

Fecha: 21-Sep-2020

Fragmento 10

         En el caso en análisis, el accionante indica que se lesionó su derecho a la propiedad privada individual; toda vez que, Florentino Quispe Aguilar y Sofía Calderón, pese a que le vendieron el bien inmueble ubicado en área urbana de Tiquipaya con una superficie de 1 474 m2 registrado en la Oficina de DD.RR. bajo la Partida 800 del Libro de propiedad de la provincia de Quillacollo de 4 de abril de 1988, se negaron a entregarle el mismo; por lo que siguió proceso ordinario de reivindicación ante el Juez Público Civil y Comercial Segundo de Quillacollo logrando sentencia favorable que al ser confirmada en apelación y declarado infundado el recurso de casación quedó ejecutoriada. En ejecución de sentencia la autoridad judicial, libró mandamiento de desapoderamiento y procedió a su cumplimiento conforme consta en acta de 27 de septiembre de ese año. Sin embargo, después de concluido el acto de desapoderamiento los demandados y sus hijos nuevamente ingresaron con violencia al bien inmueble rompiendo las cerraduras y los candados de seguridad reinstalándose nuevamente en el predio sin temor a la ley y permanecen ocupando el mismo privándolo de toda posibilidad de ingreso, hasta le amenazaron de muerte.