Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0119/2020-RCA
Fecha: 21-Sep-2020
Fragmento 3
Considera lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos juzgamiento indebido, desconocimiento de garantías, fundamentación, motivación y congruencia; y, a la tutela judicial efectiva; citando al efecto los arts. 109 y 115 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, 14 núm. 5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- Fragmento 3
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- desde de las cero horas del 22 de marzo de 2020
- la declaratoria de cuarentena total, que tiene como inicio el 22 de marzo, hasta el 30 de abril del citado
- Circular 05/2020 de 26 de marzo
- se debe analizar de manera particular que en el departamento de Cochabamba,
- tres (3) meses y (16) dieciséis días, de suspensión del plazo de inmediatez, que deben
- II.4. Análisis del caso concreto
- a)