Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0119/2020-RCA
Fecha: 21-Sep-2020
se debe analizar de manera particular que en el departamento de Cochabamba,
En el caso particular del departamento de Cochabamba además de la suspensión general del plazo de inmediatez; es decir a partir del 22 de marzo de 2020, en todo el territorio del Estado descrita en el Fundamento Jurídico anterior, se debe analizar de manera particular que en el departamento de Cochabamba, la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia del referido departamento emitió las siguientes Instructivos:
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- Fragmento 3
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- desde de las cero horas del 22 de marzo de 2020
- la declaratoria de cuarentena total, que tiene como inicio el 22 de marzo, hasta el 30 de abril del citado
- Circular 05/2020 de 26 de marzo
- se debe analizar de manera particular que en el departamento de Cochabamba,
- tres (3) meses y (16) dieciséis días, de suspensión del plazo de inmediatez, que deben
- II.4. Análisis del caso concreto
- a)