El suscrito Magistrado, en el plazo establecido manifiesta su discrepancia respecto a la forma de Resolución efectuada mediante la DCP 0014/2020 de 23 de septiembre, sobre los
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado, en el plazo establecido manifiesta su discrepancia respecto a la forma de Resolución efectuada mediante la DCP 0014/2020 de 23 de septiembre, sobre los

Fecha: 23-Sep-2020

I.

La DCP 0014/2020, declaró la incompatibilidad el art. 109.III, del proyecto de COM de Entre Ríos, con lo siguientes fundamentos: “La Constitución Política del Estado, en su art. 334.3 indica: ‘En el marco de las políticas sectoriales, el Estado protegerá y fomentará: La producción artesanal con identidad cultural’.