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    Sentencia Constitucional Plurinacional 0028/2020 de 2 de septiembre
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    Sentencia Constitucional Plurinacional 0028/2020 de 2 de septiembre

    Fecha: 02-Sep-2020

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    • Partes:
    • COMPETENTE
    • Fragmento 3
    • II.1. Naturaleza jurídica del control competencial de constitucionalidad
    • Fragmento 5
    • el Tribunal Constitucional Plurinacional, tiene la obligación de asumir con celo el control competencial de constitucionalidad
    • El constituyente boliviano delegó al Tribunal Constitucional Plurinacional, la potestad de dirimir las controversias competenciales, suscitadas entre la JIOC, la jurisdicción ordinaria, agroambiental y otras de especial naturaleza; así, el art. 202.11 de la CPE, señala que: “Son atribuciones del Tribunal Constitucional Plurinacional, además de las establecidas en la Constitución y la ley, conocer y resolver
    • La jurisdicción ordinaria se ejerce por el Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales departamentales de justicia, los tribunales de sentencia y los jueces
    • III.1.1. Ámbito de vigencia personal
    • 1)
    • 2)
    • 3)
    • III.1.2. Ámbito de vigencia territorial
    • ii)
    • III.1.3. Ámbito de vigencia material
    • tres ámbitos
    • II.4.
    • por la que tratan los problemas suscitados de manera integral, ya que la relación de convivencia en comunidad involucra la totalidad de actividades del hombre y la mujer así con su entorno, con los asuntos de tierra y territorio
    • pero que voluntariamente de manera expresa
    • III. CONCLUSIÓN

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