SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0384/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0384/2020-S2

Fecha: 03-Sep-2020

a)

El accionante a través de su abogado, amplió el contenido de su acción de libertad expresando que: a) La Jueza de Instrucción Penal Primera de la Capital del departamento de Oruro, tuvo por acreditado el domicilio, tal cual se consignó en el Auto Interlocutorio 491/2019, dando por saneada la constitución del mismo; empero, la autoridad demandada, al momento de tramitar la cesación de su detención preventiva, al margen de la ley y la jurisprudencia constitucional vigente, observó nuevamente los antecedentes de su residencia en la av. Circunvalación y América 27 de Riberalta en el departamento de Beni, cuando dichos elementos fueron subsanados con una ampliación de declaración informativa en la audiencia de 18 de julio de 2019, retrotrayendo aspectos ya resueltos; y, b) En el Auto Interlocutorio 08/2019 de 9 de diciembre, se incrementaron nuevos riegos procesales, prohibidos por la normativa vigente, vulnerando de manera flagrante su derecho a la libertad, y pese a solicitar explicación y complementación, fue directamente respondido el punto de interponer el recurso de apelación, limitándole únicamente a esa situación, sin explicar por qué se repitieron argumentos ya resueltos por la Jueza de instancia.