SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0405/2020-S4
Fecha: 02-Sep-2020
denegó
La Sala Constitucional Primera del departamento de Oruro, mediante Resolución 158/2019 de 16 de octubre, cursante de fs. 368 a 375, denegó la tutela; con base a los siguientes fundamentos: a) La parte accionante activó todas las vías correspondientes presentando memoriales, impugnando las decisiones que consideró desfavorables, habiendo tenido una participación activa en el proceso, no existiendo vulneración al derecho de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, pues se logró el pronunciamiento de todas las autoridades; b) Los Vocales demandados a momento de emitir el Auto de Vista ahora impugnado, establecieron parámetros respecto al riesgo de fuga considerando que continuaba latente al no haber sido desvirtuado, esgrimiendo razones claras y de manera fundamentada, realizando cita de normas legales y jurisprudencia aplicable al caso, existiendo congruencia entre lo peticionado y resuelto; c) Se realizó una valoración objetiva de los medios de prueba, pues no se advierte que las autoridades demandadas se hubieran apartado de los marcos legales de razonabilidad y equidad, siendo la resolución por demás suficiente en sus argumentos, donde además se realizó una consideración especial respecto a delitos cometidos contra niños, niñas o adolescentes; y, d) De antecedentes se evidenció la existencia de un Requerimiento de Ampliación de Investigación contra la madre de la menor víctima, por la presunta comisión de encubrimiento, lo que supone que la condición especial de la niña hace que los Tribunales de Justicia tengan una prioridad especial en su atención.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los riesgos procesales de obstaculización y fuga, especial mención al peligro efectivo para la víctima en delitos relacionados a violencia contra la mujer desde una visión de género
- i)
- peligro efectivo para la víctima o el denunciante.
- en los casos de violencia contra niñas o adolescentes mujeres, corresponderá que la autoridad fiscal y judicial, al analizar la aplicación de las medidas cautelares, considere
- a)
- III.2. La exigencia de fundamentación de las resoluciones como componente esencial del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
- III.3. Análisis en el caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR