SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0405/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0405/2020-S4

Fecha: 02-Sep-2020

III.3.  Análisis en el caso concreto

El accionante identifica como acto lesivo a sus derechos invocados en la presente acción tutelar el Auto de Vista 150/2019, que fue pronunciado por los Vocales ahora demandados con carencia de fundamentación respecto al riesgo de fuga y de manera ultrapetita adicionaron otros razonamientos a objeto de dar por concurrente dicho riesgo, no valoraron integralmente la prueba aportada e incurrieron en error al establecer que ya no constituiría peligro para la sociedad más si para la víctima y denunciante.

Compulsados los antecedentes aparejados al legajo procesal, se evidencia que mediante Auto Interlocutorio 18/2019, la Jueza Pública Mixta de Familia de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primera de Caracollo del departamento de Oruro, dispuso la detención preventiva del accionante (Conclusión II.1); en cuyo efecto se solicitó en reiteradas oportunidades la cesación a la detención preventiva, mismas que fueron rechazadas por la jueza de la causa a través de Autos Interlocutorios 92/2018 de 22 de mayo de 2019, 136/2019 y 170/2019, (Conclusiones II.2 a II.4); siendo este último objeto de apelación, habiendo sido resuelto mediante Auto de Vista 150/2019, emitido por los Vocales de la Sala Penal Tercera del departamento de Oruro –ahora demandados–, por el que declararon improcedente el recurso de apelación interpuesto por el impetrante de tutela y en consecuencia confirmaron la Resolución 170/2019, aclarando que ya no existiría peligro efectivo para la sociedad, manteniéndose en lo demás incólume los razonamientos expuestos en la resolución primigenia de 31 de enero de 2019 (Conclusión II.5).