Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0421/2020-S4
Fecha: 09-Sep-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la vulneración sus derechos a la libertad y al debido proceso, así como los principios de legalidad, seguridad jurídica, jerarquía normativa y convencionalidad; toda vez que, el Vocal demandado, a tiempo resolver su apelación incidental de medida cautelar, mediante Auto de Vista 04/2019, mantuvo incólume la resolución emitida por el a quo, que rechazó su solicitud de cesación a la detención preventiva; realizando una errónea interpretación de los arts. 233 y 239 del CPP, modificados por la Ley 1173, sin considerar su delicado estado de salud que justificaba la aplicación de medidas sustitutivas.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- I.2.4. Intervención de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia
- denegó
- II.1.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la revisión de la interpretación de la legalidad ordinaria a través de la acción de libertad
- Consecuentemente, bajo el principio del informalismo, por un lado, no podrán exigirse presupuestos formales a ser cumplidos por el accionante para activar el ámbito de protección de la acción de libertad; y de otro lado, tampoco podrá requerirse la observancia al accionante de libertad, de entendimientos jurisprudenciales referidos a las exigencias de carga argumentativa a ser cumplidas en la demanda u otros requisitos que impliquen una carga procesal para activar este mecanismo procesal al no encontrarse la acción de libertad sujeta a requisitos de admisibilidad. En tal sentido, los presupuestos para la revisión de la legalidad ordinaria establecidos por la jurisprudencia constitucional para la acción de amparo constitucional no pueden ser exigidos como presupuestos a ser observados a quien demanda de acción de libertad, dado que dicha carga argumentativa resulta adversa a su naturaleza
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR